Este miércoles, los senadores de las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Infraestructura, Vivienda y Transporte se reunieron para trabajar sobre el proyecto de ley en revisión de la Cámara de Diputados que promueve las inversiones en la construcción de obras privadas nuevas realizadas en el territorio de la República Argentina: CD-55/20
A tales efectos, recibieron al Secretario de Política Tributaria, Roberto Arias, quien expuso sobre la iniciativa.
Roberto Arias – Secretario de Política Tributaria, Ministerio de Economía
- «Este proyecto está orientado a una problemática que tenemos con la industria de la construcción que durante 2018 y 2019 tuvo una caída muy importante en la cantidad de empleos registrados y fue críticamente afectada por la pandemia».
- «Trabajamos con la Cámara Argentina de la Construcción y con los representantes de trabajadores y trabajadoras en un proyecto que genera incentivos tributarios para el sector».
- «El objetivo de la ley es incentivar una mayor cantidad económica en la industria, pero también movilizar los ahorros de los argentinos hacia la industria de la construcción».
- «Contempla un beneficio para los cumplidores, aquellos contribuyentes que venían declarando todos sus activos en bienes personales. Consiste en la exención del impuesto por dos años a partir de que demuestren que utilizaron parte de esos activos en la construcción. Además, incluye un crédito fiscal del 1% respecto a todas las inversiones realizadas, que lo pueden aplicar al impuesto a los bienes personales».
- «Respecto al impuesto a las ganancias se difiere el pago al momento en que la persona realmente perciba una ganancia, sea por la venta de lo que se construyó o porque le den una participación de un edificio que ya está generando ingresos».
- «Incorporamos un capítulo con el objetivo de que los contribuyentes puedan exteriorizar activos previamente no declarados, que se encuentren en el país o en el exterior, teniendo como principal beneficio que el monto declarado no se considere como incremento patrimonial no justificado».
- «No es una ley puntualmente con un objetivo recaudatorio; obviamente que esto tiene efectos recaudatorios positivos. Se va a terminar recaudando más impuestos por la actividad que se genera de lo que se generaría sin la ley, pero me gustaría dejar bien en claro este punto: no es una ley con objetivos recaudatorios».