La comisión de Justicia y Asuntos Penales del Senado presidida por Pedro Guastavino (FpV – Entre Ríos), recibió al Dr. Nelson Ramón Pessoa, ex juez penal de Corrientes, a fines de continuar con el estudio del proyecto de reforma al Código Penal de la Nación.
El Dr. Pessoa aseguró que en el artículo 34 sería conveniente introducir dos causales que eliminan la responsabilidad penal: el error de tipo y el error de prohibición. Para ello, sugiere que se tome como base el Código Penal de Paraguay. También dijo que “me parece conveniente la mejora del estado de necesidad justificante”.
En cuanto a la tentativa, mantener la fórmula “comienzo de ejecución” es una acierto pero planteó como punto de reflexión sobre la punición de la tentativa en caso de muerte por otro hecho fortuito.
Asimismo, en cuanto a la construcción del concepto de autor, “es buena idea mantener el artículo 45 que es quien ejecuta el hecho y en consecuencia quien ejecuta el hecho es quien ejecuta el hecho típico”.
Luego, el Dr. Santiago Ottaviano, Defensor Público recalcó que la diversidad de la legislación que hace indispensable un proceso de codificación. Observó la cuestión terminológica del decomiso que consideró inconsistente con la definición del Código Civil y Comercial en tanto el mismo solo se refiere a bienes. Por otro lado, entiende que la culpabilidad debe quedar como límite máximo; y también le parece valiosa la atenuación en caso de grado de tentativa, entre otras.
El Dr. Juan Esteban Cicciaro, Juez de Cámara Nacional de Apelaciones CABA, opinó que “la necesidad de esta reforma es indudable” y que “hay que receptar los nuevos bienes jurídicos que se consideran relevantes para incluirlos en un solo cuerpo”.
Aseveró que respecto de la prescripción de la acción penal que «el nuevo Código lo hace desde el medianoche del día en que cesó el delito y estamos atrapando los casos de permanencia y continuidad”. Asimismo, la declaración de rebeldía es importante en tanto se declare admisible.
Más tarde, Carlos Manuel Romero Berdullas, Doctor en Derecho Penal y Ciencias Penales, coincidió en que “la reforma del Código Penal es un asunto de máxima relevancia nacional que concierne a toda la comunidad en vistas a la conquista de la concordia social y el bien común”.
Por último, el Dr. Mario Filozof, del Colegio Público de Abogados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comentó que la colegiatura presentará por escrito lo argumentos pertinentes.
Sin embargo, argumentó que habría algunos cambios que realizar eliminando palabras que “no pueden ser descriptas sin discusión”. Es el caso de “mínima cantidad, de donde sacamos que es mínima cantidad”. También cuando se habla de especial sufrimiento o de abuso sexual gravemente ultrajante -porque todos los abusos sexuales son ultrajantes- o, eslabones más peligrosos y personalidad moral.